¿Debo auditar las cuentas anuales?

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–  ¿Qué es una auditoría?

La auditoría es la revisión, por parte de un experto contable, de la contabilidad de una sociedad con el objetivo de acreditar, ante terceros, la razonabilidad de la veracidad y fiabilidad de sus cuentas.
La auditoria más conocida y habitual es la que se realiza, de forma obligatoria, sobre las cuentas anuales de la sociedad. Finaliza, tras la revisión realizada por el auditor, con un informe estandarizado en el que se indica si dichas cuentas recogen, o no, la imagen fiel de la sociedad.
En contra del pensamiento de mucha gente, el objetivo de una auditoria no es la detección de fraudes (más allá de que, durante la revisión, se puedan detectar). El objetivo es informar a terceros interesados de la corrección de la información contable contenida en las cuentas anuales.

 

–   ¿Quién hace una auditoría?

La auditoria no puede hacerla cualquier economista o asesor. Debe ser un experto independiente expresamente cualificado para ello.
Para rubricar un informe de auditoría, además de poseer titulación universitaria previa, el auditor, debe estar inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
A dicho registro se accede después de superar una oposición con contenido contable, económico y jurídico. Además, es necesario demostrar experiencia profesional practica en auditoría (3 años)
El auditor, que está sometido a supervisión continua del ICAC, dispone, por imperativo legal, de un equipo de profesionales cualificados que realiza el trabajo de campo, el cual está fuertemente regulado.

 

–  Clases de auditoría

La auditoría, por antonomasia, es la auditoria obligatoria de las cuentas anuales de una sociedad.
Se realiza sobre las sociedades mercantiles cuando superan, durante dos años consecutivos, dos de los tres siguientes parámetros:
•  Cifra de activo superior a 2,85 millones de euros
•  Cifra de negocios superior a 5,7 millones de euros
•  Número de empleados superior a 50.
También es obligatoria auditar las cuentas anuales consolidadas de un grupo cuando se superan los parámetros anteriores multiplicados por 4.
Otros motivos para realizar auditoría obligatoria puede venir dada con obligaciones legales de sectores específicos, cláusulas contractuales, fusiones u otras operaciones de reestructuración empresarial o por petición, por parte de los socios minoritarios de una compañía, de la realización de la misma al Registro Mercantil de la provincia.
La auditoría de cuentas anuales también pueden realizarse voluntariamente como ejercicio de transparencia ante terceros. En ese caso debe valorarse, además del coste, que el auditor va a tener colapsado al departamento contable-administrativo unas semanas y, además, va a solicitar información sobre la compañía y sus saldos contables a bancos, asesores, clientes y acreedores.
También hay otros trabajos -informes de subvenciones, periciales, etc-que son realizados por auditores utilizando procedimientos de auditoría.

 

 

Daniel Giménez Martínez
Daniel Giménez Martínez
Ayudo a las empresas a reducir sus impuestos mediante la planificación fiscal.